abril de 2008
número 1Dolores Navas Delgado, primera alumna del Instituto Provincial de Córdoba
Cristóbal Hurtado Jurado
Profesor de Geografía e Historia
[("Cuando la ilustración y la cultura se extiendan á ambos sexos,
la sociedad dará un gran paso en la senda del verdadero progreso"(1 ) )]
El pensamiento ilustrado muestra la confianza en la transformación de la sociedad mediante el perfeccionamiento del ser humano a través de la educación, pero presenta la gran paradoja de defender la incorporación de la mujer al mundo del conocimiento a la vez que le reserva un papel insustituible en la educación de los hijos y el cuidado de la familia.
Jean Jacques Rousseau, en su obra Emilio o de la educación (1762), considerado el primer tratado sobre filosofía de la educación, argumentando la diferente naturaleza del hombre y de la mujer, propone una formación distinta para cada sexo: Emilio es educado en libertad, de forma espontánea, y toma de la experiencia los conocimientos que le convertirán en un ser autónomo, capacitado para ejercer funciones en el ámbito público. Por el contrario, la educación de Sofía va orientada al ámbito doméstico, a prepararla para realizar correctamente su futuro papel de esposa y madre, idea justificada en la “complementariedad” de los sexos, que en realidad supone la asunción por la mujer de un papel subordinado al hombre.
“[…] un espíritu cultivado es el único que hace agradable la comunicación […] No conviene, pues, a un hombre que tenga educación tomar una mujer que no la tenga […] Pero preferiría cien veces más una joven sencilla y vulgarmente educada, que una joven sabia y espiritual, que llegase a establecer en mi casa un tribunal de literatura del que se haría la presidenta.” (2 )
Las propuestas educativas de Rousseau tuvieron una gran difusión, pero no faltó quien rebatiera su misoginia destacando que las diferencias entre los sexos radican no en su diferente naturaleza, sino en el diferente acceso a la educación.
En España, el Estado asumió la dirección de la educación con la revolución liberal: la Constitución de Cádiz dedica el Título IX a la instrucción pública con el fin de sentar las bases para el sistema educativo español, cuya primera definición no la encontraremos hasta 1857 con la “Ley de Instrucción Pública” (Ley Moyano), cuyas bases se encuentran en los anteriores Plan Duque de Rivas de 1836, presentado por el escritor cordobés Ángel de Saavedra, y Plan Pidal de 1845, por el que se crearon los Institutos Provinciales.
(1) Dictado del examen de ingreso de Dolores Navas Delgado. Expediente nº 4969. Archivo I.E.S. "Séneca", 1884.
(2) Rousseau, Jean Jacques, Émile ou l’education. Bibliothèque Larousse. París. (Livre V. Sophie ou la Femme, pp.196 a 234) Está editado en castellano en Alianza Editorial S.A. Madrid,1997.
ISSN: 1988-9607 | Redacción | www.iesseneca.net |